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Fisioterapeuta autónomo: IVA, IRPF, facturas

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El IVA en fisioterapia

Las profesiones sanitarias actualmente están exentas de IVA. Por lo tanto no hay que hacer declaración trimestral de este impuesto.

Los servicios de osteopatía o hidroterapia también están exentos siempre que sean realizados por fisioterapeutas titulados.

Al igual que no se va a reflejar el IVA en tus facturas tampoco podrás deducirlo de tus gastos.

Por ejemplo si compras productos para tu centro por valor de 100€ + 21€ IVA en tu contabilidad deberá figurar ese gasto como 121€.

Aclarar que el paciente venga con prescripción médica o no, la tributación de los servicios de fisioterapia serán iguales, es decir, estaremos exentos de IVA en cualquier caso.

Depende del nivel de tus gastos puede salir más rentable deducirlos que estar exento de IVA. Por lo tanto algunos fisioterapeutas incluyen entre sus actividades tratamientos no sanitarios, así pues un masaje más estético o relajante ya no tendría el carácter sanitario y por lo tanto la factura si debería reflejar IVA. En este caso hasta ahora era del 8% que con la nueva ley pasará al 21%

Facturación de un fisioterapeuta

Cuando tu creas una factura a un cliente particular el importe total no llevará ningun tipo de impuesto.

Si la factura es a una empresa deberá reflejar una retención de IRPF. Por ejemplo:

Concepto: Masaje terapéutico ………… 100€
Retención IRPF (15%) …………………. 15€
Total a abonar …………………………… 85€

Ese porcentaje de IRPF lo retiene la empresa en tu nombre y lo ingresará en hacienda. En el momento de realizar la declaración de la renta ese importe será descontado de tu total a pagar.

Con la nueva ley el IRPF a retener es del 15%.

Contrasta la información con un gestor profesional ya que la legislación esta en continua evolución.

El 6 de Agosto de 2012 se ha publicado en el BOE cierta información relacionada con las actividades sanitarias que deberá ser aclarada por el ministerio de hacienda.

Actualización 2016: la retención de IRPF a aplicar en facturas a empresas es actualmente del 15%.

29 agosto, 2014/37 Comentarios/por Fisioteca
Etiquetas: autonomo, iva
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37 comentarios
  1. ana
    ana Dice:
    29 agosto, 2014 en 10:51 am

    Hola gracias x la información que tienes sobre autónomos. Tengo una pregunta si solo tengo un pax. por empresa que me pide factura tengo que ser autónomo? Solo manejo un pax en esas condiciones. Gracias

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      29 agosto, 2014 en 10:52 am

      Para poder emitir factura hay que estar dado de alta en el régimen de autonomos. Algunos profesionales, si les compensa se dan de alta en un mes para facturar algo concreto y posteriormente de baja.

      Responder
  2. Irene Fraile
    Irene Fraile Dice:
    29 agosto, 2014 en 10:51 am

    Buenas tardes, muchas gracias por este artículo. Sabes si a fecha de hoy, 22 de abril de 2013 ha cambiado la ley de forma que ahora sí que haya que facturar con Iva a una empresa?

    El caso con creto es el siguiente: somo suna sociedad limitada de dos personas. Las dos fisioterapeutas y trabajadoras de la empresa. Hasta ahora veníamos haciendo una nómina con el IRPF correspondiente pero ahora nos dicen que hay que hacer una factura a la empresa, con el IVA correspondiente y también el IRPF claro. Eso es correcto?
    Nos da que nuestra gestoría no se ha enterado mucho de cómo va en profeciones sanitarias.
    Alguna ayuda?

    Gracias!

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      29 agosto, 2014 en 10:52 am

      En cuanto ha tratamientos fisioterapeutic os creo que no ha cambiado. Lo que han subido es el IVA de los productos sanitarios del 10% al 21%.

      No soy profesional de asesoriamiento fiscal pero, hasta donde se, en vuestra factura debereis hacer constar la retencion del irpf (si es un servicio a empresa) como en el ejemplo del articulo y poner un IVA al 0%, dejando claro que la fisioterapia es una actividad exenta.

      Saludos,

      Responder
  3. Nerea
    Nerea Dice:
    30 septiembre, 2014 en 7:25 pm

    Buenas tardes, tengo que hace una factura a una empresa por una sustitución. Sé que tengo que poner el IRPF pero no me queda claro a día de hoy cual es el porcentaje. Llevo menos de un año dada de alta. Y además estoy dada de alta en la S.S. en otra empresa, no sé si eso influye en algo.

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      19 octubre, 2014 en 10:12 am

      El tipo general este año 2014 es del 21%, si eres nueva en la actividad puedes realizar una retención del 9% pero esta sujeta a requisitos. Consulta con un gestor. Saludos.

      Responder
  4. JOSE MARIA
    JOSE MARIA Dice:
    6 noviembre, 2014 en 10:52 am

    Hola, ¿que datos he de poner cuando emito un recibo? gracias

    Responder
  5. carmen
    carmen Dice:
    15 enero, 2015 en 10:57 am

    Hola,
    He montado un pequeño centro de masajes y tengo que hacer la declaración del IVA de este Trimestre. Mi duda es si en las facturas tengo que poner nombre o simplemente expedir un recibo del masaje( por el tema de la protección de datos) y debe ir al 0%? de momento no he trabajado para empresas…
    Mil gracias

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      15 enero, 2015 en 11:25 am

      Respecto a los datos personales, se debe cumplir siempre con la LOPD, así que lo mejor es que te informes en la web de la Agencia Española de Protección de Datos como darte de alta. Tienen preparados unos formularios que simplifican bastante la tarea.

      Respecto al IVA, si eres fisioterapeuta y estas realizando tratamientos terapéuticos existe una exención de IVA. En caso de no serlo deberás incluirlo en la factura y regularizar el impuesto trimestralmente. En 2015 creo que entraba en vigor una nueva normativa asi que lo mejor es que acudas a una gestoría o directamente llames a la Agencia Tributaria.

      Responder
  6. Elisabeth
    Elisabeth Dice:
    2 febrero, 2015 en 4:44 pm

    Hola, quisiera saber donde consigo un libro de facturas porque no tengo ni idea muchas gracias

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      2 febrero, 2015 en 9:01 pm

      Para las facturas puedes seguir un modelo de factura estándar, hay cientos en google. También puedes comprar en alguna papelería una librillo de facturas y rellenar los datos a mano.

      Si te refieres a la recopilación anual de las facturas, el libro registro de facturas emitidas, supongo que también lo podrás encontrar en alguna papelería. Pero lo normal es tener una hoja de cálculo donde ir realizando todas las anotaciones y que a cierre de ejercicio imprimas y guardes durante los años que exige hacienda.

      Responder
  7. javier
    javier Dice:
    10 abril, 2015 en 2:32 pm

    Hola

    En tema de las facturas no acabo de entender si el iva de las compras se puede deducir.
    Por un lado
    «Al igual que no se va a reflejar el IVA en tus facturas tampoco podrás deducirlo de tus gastos.»
    y por el otro:
    «Por ejemplo si compras productos para tu centro por valor de 100€ + 18€ IVA en tu contabilidad deberá figurar ese gasto como 118€.»
    Yo entiendo que si no se puede deducir el iva, el gasto tendria que ser 100 euros y no 118,n?

    gracias

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      22 abril, 2016 en 9:06 pm

      En teoría, se genera un IVA negativo que deberá compensar hacienda a final de año si así se lo solicitas. Consúltalo en una gestoría o la propia administración.

      Responder
  8. alicia
    alicia Dice:
    18 mayo, 2015 en 9:36 pm

    Hola, llevo dos años como autonoma, y nunca he cobrado IVA pues considero que estoy dentro de las excepciones de la ley 37/1992 capitulo I art, 20 punto 3, pero hoy me ha surgido una duda cuando una compañera, que acaba de abrir una clínica, me dice que el colegio le ha dicho que cuando un paciente llega a consulta sin prescripción médica, SIEMPRE hay que cobrar IVA pues si no se hace y tuviese una inspección como no puedo presentar dichas prescripciones se me sancionaría.
    Hasta que punto es esto cierto? Yo me considero profesional sanitario y que al mismo tiempo realizo diagnostico, prevención o tratamiento de lesiones en un centro sanitario con registro sanitario otorgado por la administración.

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      22 abril, 2016 en 9:04 pm

      Es una buena pregunta Alicia. En principio no hay que aplicar el IVA ya que tu realizas una actividad sanitario venga o no prescrita por un médico. Supongo que el el Colegio podrán confirmar la duda.

      Responder
  9. miriam
    miriam Dice:
    15 diciembre, 2015 en 4:45 pm

    Buenas tardes, soy autonomo profesional fisioterapeuta y me gustaría saber si estoy obligado a sellar las facturas que realizo todos los meses para una asociación, o solo con mi firma ya es válido el documento.

    Responder
  10. Jumima
    Jumima Dice:
    2 marzo, 2016 en 5:16 am

    Buenos días!! Acabo de Abrir una clínica de fisioterapia y osteopatia. Me gustaría saber si tengo que incluir el IVA en los recibos de los pacientes? Gracias

    Responder
    • Paula
      Paula Dice:
      8 abril, 2016 en 7:03 pm

      No, estamos exentos de IVA los sanitarios.

      Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      22 abril, 2016 en 9:01 pm

      La actividad sanitaria esta exenta actualmente.

      Responder
  11. Juan
    Juan Dice:
    12 marzo, 2016 en 1:31 pm

    Buenas tardes,
    soy fisioterapeuta autónomo y tengo dudas sobre los libros de registro de facturas que tengo que tener.
    Al estar exentos de IVA no se si tenemos que tener el libro de registro de facturas emitidas y recibidas.
    gracias

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      22 abril, 2016 en 9:01 pm

      En principio debes llevar siempre un registro de facturas emitidas aunque no estén sujetas a IVA. De todas maneras, consúltalo algún profesional o una gestoría.

      Responder
  12. alicia
    alicia Dice:
    30 abril, 2016 en 11:40 am

    Buenas, soy fisioterapeuta autonoma, cuando hago facturas a mis clientes que IRPF he de ponerles?y actualmente estoy pensando en utilizar una habitación en mi casa para hacer las consultas programadas; He de pedir alguna tipo de licencia al ayuntamiento, algún proyecto de ingeniero o algo como si fuera un local, o simplemente con ser autónoma y estar dada de alta en el colegio de fisios a nivel de seguros es suficiente?? mas que nada por si viniera la policia por algún vecino problemático saber que tengo que tener.

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      18 agosto, 2016 en 5:43 pm

      El IRPF no se aplica sobre personas físicas.

      Responder
  13. maria
    maria Dice:
    23 junio, 2016 en 12:40 pm

    buenos dias,soy podologa pero realmente el ejercicio entre unos y otros es igual, espero no molestar pero tengo dudas sobre la declaracion trimestral, no se si en el ambito sanitario es mejor por modulos o del otro tipo como lo suelen tener los compañeros?

    gracias a todos de ante mano

    Responder
  14. Alicia
    Alicia Dice:
    23 julio, 2016 en 9:19 am

    Hola a todos
    Soy fisiotrapeuta y trabajo por cuenta ajena, pero una paciente me ha llamado para hacer 20 sesiones a domicilio. El caso es que ella dispone de un seguro médico que le paga esta atención una vez me haya pagado ella a mi. No soy autonoma ni estoy de alta en el IAE porque la verdad que este caso es excepcional. Me he puesto en contacto con la aseguradora que le paga el tratamiento y el trabajador me ha dicho que aunque no sea autonoma daba igual, que le hiciera a ella un «recibí» , que me pagase ella a mi y que ella luego presente el «recibí» a la entidad para que se lo abonen. ¿ es esto legal? ¿ tengo que darme de alta en el IAE?¿como declaro este ingreso?
    Gracias

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      18 agosto, 2016 en 5:40 pm

      Hola Alicia, como siempre debes consultarlo con un asesor. Pero en principio no sería legal, solo puedes emitir factura estando de alta el hacienda. También puede ser problemático que el recibí finalmente no sea aceptado por la aseguradora y no le abonen las sesiones a tu paciente. Saludos.

      Responder
  15. Álvaro
    Álvaro Dice:
    19 septiembre, 2016 en 10:39 am

    Hola buenos días. Soy fisioterapeuta y acabo de terminar la carrera y me han ofrecido un trabajo en una clínica a media jornada. El tema es que tendría que darme de alta de autónomo. Mis dudas son que al tener que facturar a otra persona y por el hecho de ser autónomo a qué gastos adicionales tandría que enfrentarme. Ando un poco perdido en el tema, así que me ayudaría mucho algo de información.

    Muchas gracias

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      21 septiembre, 2016 en 7:22 pm

      Darse de alta como autónomo implica el pago mensual de la cuota de la seguridad social, da igual media jornada que completa. Actualmente puedes acogerte a una cuota reducida de 50€ que irá aumentando progresivamente hasta los 260€. A mayores suele ser interesante contar con una gestoría para presentar los impuestos pero eso ya es opcional.

      Responder
  16. Marcos López
    Marcos López Dice:
    13 octubre, 2016 en 3:06 pm

    Hola. Me parece muy bueno el hilo del foro, pues trata de temas que normalmente desconocemos. Yo he tenido un tratamiento con un fisioterapeuta y todo bien. He ido sin prescripción médica en papel, aunque sí me la hicieron verbalmente, y quiero pedirle factura del tratamiento que entiendo que es sin IVA al estar exento. Por otro lado, me gustaría saber si los centros de fisioterapia deben de tener a la vista sus tarifas por tratamientos. Un saludo.

    Responder
  17. Esperanz
    Esperanz Dice:
    9 diciembre, 2016 en 12:40 pm

    Hola!
    Me gustaría saber si me podéis orientar.
    Quisiera trabajar en casa como fisioterapeuta ya que tengo una habitación donde puede llevar a cabo terapia manual. Mi pregunta es si esto se puede hacer o no. No quiero montar una clínica, solo me gustaría trabajar la terapia manual.C
    omo debo darme de alta? Si me doy de alta como fisioterapeuta ya no podría ejercer en casa la profesión?
    Espero me podáis orientar
    Gracias

    Responder
  18. Pilar
    Pilar Dice:
    22 diciembre, 2016 en 1:50 pm

    Hola, soy fisioterapeuta desde hace mogollon, pero acabo de hacerme autónoma, y claro… tema de facturación , un follon y grande!
    Mi pregunta es, podéis decirme cuánto es ahora el % de IRPF que hay que aplicar a empresas, porque las clínicas en las que estoy están dadas de alta como empresas y no como personas físicas.

    Responder
  19. Sonia
    Sonia Dice:
    24 enero, 2017 en 12:15 pm

    Hola buenas, soy fisio auntonoma, me han ofrecido una sala en un gimnasio y la verdad que ando un poco perdida porque unos me dicen que tengo q hacer un contrato mercantil otros que no hace falta. Y con el tema de facturas, buscare a un asesor porque eso si que me pierdo, pero tendria yo que hacerle factura al gimnasio teniendo la sala alquilada?
    Gracias.

    Responder
  20. coltan
    coltan Dice:
    15 julio, 2017 en 1:42 am

    Hola, acabo de salir de la universidad, soy psicóloga, me han ofrecido trabajar como autónomo para otro psicólogo, firmando un contrato de prestación de servicio, dándome un porcentaje de cada consulta que pase, La factura que emita, ¿lleva IVa e IRPF?, Me interesaría más facturar yo directamente al cliente particular final, y que el psicólogo que me contrata me pase una factura.¿Debe llevar ésta IVA e IRPF?
    Gracias, estoy muy perdida

    Responder
  21. Jaime Vivar Simón
    Jaime Vivar Simón Dice:
    3 octubre, 2017 en 1:28 pm

    Buenas tardes, como fisio autónomo a domicilios particulares, puedo deducirme algún gasto de mi casa? el agua, la luz etc?
    Gracias

    Responder
    • Fisioteca
      Fisioteca Dice:
      22 diciembre, 2017 en 10:27 am

      Si puedes justificar que realizas parte de tu actividad en casa (planificación, facturación, etc.) a partir de Enero de 2018 entra en vigor la nueva ley de autónomos y es posible que puedas deducirte algo. Consulta con un gestor profesional.

      Responder
  22. Elisa
    Elisa Dice:
    12 junio, 2018 en 3:36 pm

    Buenas tardes, me gustaría saber si como fisio autónoma que soy, habiendo hecho la primera decaración trimestral del año 2018, puedo dejar de hacer las siguientes declaraciones trimestrales ya que facturo más del 70% a una empresa y no estoy obligada a hacerlo? No se si puedo dejar de presentar esas declaraciones de golpe o tengo que rellernar algún documento antes, esa es mi duda. Gracias!

    Responder
  23. Eva
    Eva Dice:
    7 agosto, 2018 en 3:36 pm

    Hola soy masajista y quiero empezar a trabajar a domicilo , mi pregunta es si en la factura deben constar los datos del cliente , nombre dni , o basta con un recibo sin ellos?
    Gracias

    Responder

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